Los Agentes Comerciales ya pueden pedir las ayudas en la práctica totalidad de las Comunidades Autónomas gracias a la presión coordinada desde el Consejo General con los Colegios y Consejos Autonómicos y las organizaciones de autónomos
En naranja, las Comunidades Autónomas donde los Agentes Comerciales pueden solicitar las ayudas COVID19. En verde, donde no se ha aprobado esta inclusión.
Los Agentes Comerciales, que estaban excluidos de las ayudas directas COVID19 en Cataluña, finalmente van a poder solicitarlas desde mañana mismo también en este territorio. El Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña publica hoy la orden ECO/153/2021 por la que se abre el trámite de inscripción previa de las ayudas extraordinarias directas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, con la novedad frente a la anterior orden publicada en junio de que los Agentes Comerciales dejan de estar excluidos del listado de beneficiarios.
El Govern de la Generalitat rectifica así después de que el Consejo General de Agentes Comerciales y el Consell Catalán que aglutina a todos los Colegios de Cataluña, se pusiera de nuevo en contacto con la Consejería de Empresa para denunciar la exclusión de un colectivo “esencial para la reactivación de la economía” como es el de los Agentes Comerciales.
No es la primera vez que se produce una rectificación de este calibre gracias a la labor de presión coordinada entre el Consejo General, los Consejos Autonómicos y los Colegios de Agentes Comerciales. Con Cataluña son ya doce las Comunidades Autónomas donde los Agentes Comerciales pueden solicitar las ayudas directas COVID.
Tanto en Cataluña como en Asturias, Andalucía, Aragón, Canarias, Castilla La Mancha, Castilla León, Extremadura, La Rioja, País Vasco y Galicia, once comunidades que concentran al 85% de la población española, la mayor parte de los Agentes Comerciales pueden optar a estas ayudas de las que inicialmente habían sido excluidos por el Gobierno de España.
En todas, los Gobiernos autonómicos han decidido finalmente atender la reivindicación de los Agentes Comerciales de España y ampliar el margen permitido tras la modificación del Real Decreto estatal lograda por el CGAC con la ayuda de las organizaciones de autónomos.
El Presidente del CGAC, Francisco Manuel Maestre, ha destacado que este logro es un ejemplo de que “cuando trabajamos unidos en defensa de la profesión, alcanzamos logros que parecían imposibles”. Lo sucedido con estas ayudas, que de no ser posible solicitarlas en ningún lugar han pasado a poder ser obtenidas por los Agentes Comerciales de casi todas las Comunidades Autónomas, es un ejemplo de “coordinación entre el Consejo General, los Consejos Autonómicos y los Colegios, cada uno en su ámbito de competencia territorial”.
Con la modificación conseguida por el CGAC en el Real Decreto del Gobierno central, este permite a las Comunidades Autónomas, a quienes ha distribuido los 7.000 millones de euros para que ellas los gestionen, que añadiera nuevas áreas de actividad al listado inicial, en base a criterios territoriales.
Esta modificación fue lograda gracias al apoyo de las organizaciones de autónomos, con las que mantuvo reuniones el Presidente del CGAC para explicar la situación. Tanto ATA como UPTA y UATAE han hecho suyos los planteamientos de los agentes comerciales y se han hecho eco de sus reivindicaciones.
El Consejo General no se detuvo ahí, pese a haber agotado el recorrido de sus competencias como interlocutor a nivel nacional de la profesión, y remitió a todos los representantes autonómicos de la profesión que forman la Junta de Gobierno un modelo de escrito para que a su vez, desde los Consejos Autonómicos y los Colegios, lo hicieran llegar a los respectivos consejeros regionales para solicitarles que ejecutaran la medida que permitía el Gobierno para incluir a los Agentes Comerciales.
Consulta a continuación los decretos autonómicos que incluyen a los Agentes Comerciales en las ayudas COVID:
Andalucía: Consultar
Aragón: Consultar
Asturias: Consultar
Canarias: Consultar
Castilla La Mancha: Consultar
Castilla León: Consultar
Cataluña: Consultar
Comunidad de Madrid: Consultar
Extremadura: Consultar
Galicia: Consultar
La Rioja: Consultar
Navarra: Consultar